jueves, 28 de noviembre de 2013

G-26 Reglamento

REGLAMENTO PARA DICTADO Y TRANSCRIPCIÓN DE CORRESPONDENCIA



1° Los jefes encargados de dictar la correspondencia, se ajustarán a estas cualidades de estilo de la redacción: CLARIDAD, PRECISIÓN, CONCISIÓN, PROPIEDAD, SENCILLEZ Y CORTESÍA.
            Principalmente CONCISIÓN, para ahorrar tiempo en el dictado.

2° Los empleados taquimecanógrafos deberán seguir estas normas:

I.              Tomar el dictado de acuerdo con la escritura correcta:
a)    Signos reducidos y proporcionales.
b)    Fuertes, suaves y perfiles bien marcados.
c)    Espacios cortos entre los estenogramas.
d)    Escritura uniforme, con soltura y trazo seguro.

II.            Comprender el asunto dictado, en el mismo momento en que se dicte:
a)    Atención prestada.
b)    La cultura y preparación que se posea.
c)    Conocimiento del asunto mencionado.

III.           Leer, antes de la transcripción, el texto dictado, para aclarar o corregir los signos, si procede, y puntuar el tema en color distinto al de la Taquigrafía, para evitar confusiones.

IV.          Hacer la transcripción a máquina, dentro de estas condiciones del trabajo eficiente (MOTE):
a)    Mecanografía, sin errores.                                                  M
b)    Ortografía, con puntuación y acentuación.                        O
c)    Transcripción fiel.                                                                 T
d)    Estética en el acabado de la mecanógrafa.                     E

V.           Comprobar que son correctas las cartas para presentarse a firmar dentro de las condiciones antedichas.

VI.          Agregar todos los anexos correspondientes.

VII.         Tomar nota de las equivocaciones en que se incurra, para evitarlas en lo sucesivo.


Conjunto de órdenes o reglas que rigen funciones y actividades.


‘cprq                       

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